
Tasas
Se exige el abono de una tasa por homologación y convalidación de títulos y estudios extranjeros, de acuerdo con el artículo 28 de la Ley 53/2002, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social (BOE del 31).
La justificación del abono de la tasa será requisito necesario para la tramitación del expediente. En caso de no acreditarse el pago o cuando éste sea insuficiente, se le tendrá por desistido de su solicitud.
Cuantía de la tasa
Tasa 079 por homologación y convalidación de títulos y estudios extranjeros – Año 2010
| Cuantía de la tasa: año 2010 (Importes actualizados según el artículo 81.Uno de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2010) |
|
| Solicitud de homologación al título Superior de Música, Danza o Arte Dramático | 91,00 € |
| Solicitud de homologación al título español de Bachiller, Técnico Superior de Formación Profesional, Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño, Técnico Deportivo Superior, o Título Profesional de Música o Danza | 45, 00 € |
| Solicitud de homologación al título español de Técnico de Formación Profesional, Técnico de Artes Plásticas y Diseño, o Técnico Deportivo | 45, 00 € |
| Solicitud de homologación al título español de Conservación y restauración de Bienes Culturales, título Superior de Vidrio, título Superior de Céramica y título de Diseño | 45, 00 € |
| Solicitud de convalidación por cursos o módulos de enseñanzas españolas de nivel no universitario | 22, 75 € |
| No se devengará tasa alguna por la solicitud de homologación al título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria | |
Lugar y forma de pago
Pago en España
El abono se realizará mediante el impreso Modelo 790 oficial, que puede obtenerse en los mismos lugares que los modelos oficiales de solicitud de homologación o convalidación.
Este impreso se presentará en cualquier Banco, Caja de Ahorros o Cooperativa de Crédito, de las que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación tributaria. El importe deberá abonarse en efectivo.
Pago en el Extranjero
El abono de la tasa se realizará mediante ingreso o transferencia a favor del Ministerio de Educación y Ciencia en la cuenta restringida de recaudación de tasas en el extranjero: cuenta ES4101822370440200203771 del BBVA, con domicilio en C/ Alcalá, 16, 28014-Madrid (España).
Los gastos de transferencia o cualquier otra comisión bancaria, serán siempre de cuenta del interesado y no podrán aminorar el importe de la tasa que se ingrese en la cuenta restringida.
Pago AGEEX
Si deseas que AGEEX realice tu trámite de homologación, incluyendo el pago de la tasa correspondiente al proceso de homologación, puedes consultarnos o contratar nuestros servicios:
Para más información referente a las tasas puede visitar el sitio oficial del Ministerio de Educación.